Ministerio TIC expide resolución que modifica los lineamientos para la adopción del protocolo IPv6
26 de mayo de 2021
El Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones expidió la Resolución 1126 de 2021 “Por la cual se modifica la Resolución 2710 de 2017, por la cual se establecen lineamientos para la adopción del protocolo IPv6”.
- La norma establece nuevos plazos para continuar con el proceso de transición y adopción del nuevo protocolo IPv6 por parte de las entidades del orden nacional y territorial.
- Contribuirá a mitigar el retraso del país en la implementación del nuevo protocolo y permitirá que los entes del país tomen consciencia ante la escasez de direcciones IPv6.
El Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones expidió la Resolución 1126 de 2021 "Por la cual se modifica la Resolución 2710 de 2017, por la cual se establecen lineamientos para la adopción del protocolo IPv6". Allí se establece nuevos plazos para continuar con el proceso de transición y adopción del nuevo protocolo IPv6 por parte de las entidades del orden nacional y territorial.
La nueva norma permitirá actualizar el contenido de la "Guía de transición de IPv4 a IPv6 para Colombia" y la "Guía para el aseguramiento del Protocolo IPv6", que se refiere al parágrafo del artículo 4 de la Resolución 2710 de 2017, incorporando términos técnicos asociados a las nuevas tendencias y avances tecnológicos (Internet de las Cosas - IoT, Ciudades Inteligentes, Sistemas de Geolocalización, entre otros).
El texto busca mitigar el retraso del país en la implementación del nuevo protocolo y permitirá que los entes del país tomen consciencia ante la escasez de direcciones IPv4, que redundará en un internet limitado o una carencia del mismo por parte de las entidades, lo que dificultará seguir operando normalmente en el rol que le corresponde a cada una.
Así las cosas, no adoptar IPv6 impedirá que surjan nuevas redes de comunicaciones, aplicaciones y servicios, y dificultará la implementación de nuevas tecnologías que puedan ser aprovechadas por las entidades y los ciudadanos del país.
Con los nuevos plazos establecidos en la Resolución 1126 de 2021, el país tendrá la oportunidad de continuar avanzando en el despliegue de IPv6 y contribuir con una mayor implementación masiva del nuevo protocolo, con inmejorables beneficios para las entidades y los ciudadanos, al seguir conectados y seguir ofreciendo más y mejores servicios en la red de Internet, que contribuya con un país cada vez más transformado digitalmente.
Adicionalmente, las entidades del país tendrán ahora la oportunidad de implementar IPv6 mediante el Acuerdo Marco de Conectividad de Tercera Generación, ofreciendo el servicio de membresía de LACNIC. Para aquellas entidades que lo consideren pertinente, se podrá solicitar también el segmento propio de direcciones IPv6 con un ahorro considerable de tiempo de gestión del 50%. Dicha membresía también facilitará la gestión de los pagos electrónicos anuales que se deben gestionar por derechos de asignación y de renovación anual de la misma.
Finalmente, las entidades podrán solicitar los servicios de expertos que ayuden a adoptar IPv6, siempre y cuando estas hayan contratado previamente los servicios de conectividad (Canal y Firewall) del Acuerdo Marco de Conectividad, con la ventaja de poder tener un recurso técnico especializado y con experiencia en IPv6 a un menor costo.
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